viernes, 25 de marzo de 2022

Deberán sesiones de Cabildo ser públicas, con acceso a ciudadanos y videograbadas


A iniciativa de Sandra Patricia Ceballos Polanco y Roberto Chapula de la Mora, diputados de la bancada del Partido Verde Ecologista de México, el Congreso del Estado aprobó una reforma para que las sesiones de Cabildo sean públicas y con pleno acceso a la ciudadanía, además de que deberán ser videograbadas para generar constancia y quedar resguardadas en los archivos de los ayuntamientos.

La iniciativa, presentada al pleno durante la última sesión ordinaria, modifica los artículos 39 y 56 Bis de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima. Así, los cabildos celebrarán sesiones cuantas veces sea necesario, para el oportuno despacho de los negocios de su competencia, las que no podrán ser menos de una vez cada quince días.

De acuerdo a las reformas aprobadas, las sesiones de Cabildo deberán ser videograbadas, salvo aquellas en las que se traten asuntos que por su relevancia deban ser privadas.

Las sesiones deberán ser públicas con pleno acceso a la ciudadanía, salvo que exista motivo que justifique que sean privadas, lo cual será calificado previamente por el ayuntamiento.

De acuerdo al dictamen leído por la diputada Sandra Patricia Ceballos Polanco, las sesiones se celebrarán en la sala de cabildos o cuando la solemnidad lo requiera, en el lugar que sea declarado como recinto oficial. Los lugares donde se lleven a cabo las sesiones de cabildo contarán con espacios adecuados para la asistencia del público.

Asimismo, con las reformas aprobadas por unanimidad, se establece que en caso de imposibilidad por causas de fuerza mayor, debidamente justificada, podrán utilizarse las tecnologías de la información y comunicación necesarias para privilegiar que la ciudadanía tenga pleno acceso y conocimiento de las sesiones de cabildo.

Por otra parte y al reformarse el Artículo 56 Bis, donde hace referencia a la ausencia temporal o definitiva de alguno de los miembros del Cabildo, se establece que “en caso de que un munícipe falte a 5 sesiones de manera ininterrumpida, sin causa justificada, será suspendido en su cargo y se llamará de inmediato al suplente para tomarle protesta de ley”.

Fuente: El Comentario / J.R. Negrete 

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